Blog

Protección de Datos

Un fichero con datos de carácter personal en la Guardia Urbana de Barcelona

11 abril, 2017

El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado que la unidad de asuntos internos de la Guardia Urbana cree un fichero que permita incluir datos personales, y otros especialmente protegidos, de aquellos agentes a los que el cuerpo haya abierto una investigación disciplinaria por la comisión de alguna falta, infracción disciplinaria o penal.

Pese a que los datos están protegidos y sólo serán comunicados a la administraciones o entes públicos que lo requieran, la creación de este fichero ha generado polémica y malestar en el cuerpo policial. Los sindicatos de la Guardia Urbana estudian medidas legales por “presunta vulneración de los derechos fundamentales de las personas”.

¿Qué constará en el fichero?

En la base de datos se puede incluir toda la información que sea especialmente relevante del agente como estado civil, fecha y lugar de nacimiento, edad, nacionalidad, lengua materna, características físicas, vivienda, estilos de vida, licencias, formación, negocios, licencias comerciales, patrimonio, seguros, hipotecas, ideología, religión, creencias, origen racial o étnico, salud, o vida sexual.

 La importancia de la LOPD

Todas las empresas, profesionales y organizaciones que gestionan datos personales deben adaptase a los principios y obligaciones contenidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos con el fin de garantizar los derechos de los interesados.

En DATAX, con nuestra larga trayectoria en la implantación de la LOPD y LSSICE en todo tipo de organizaciones y sectores de actividad, aseguramos la adecuación a estas normativas de manera integral y efectiva sin altos costes de tiempo ni recursos.

Nuestro servicio es fundamentalmente presencial y totalmente adaptado a las características de cada empresa. Ofrecemos asimismo el servicio en modalidad online, sólo en aquellos casos que el nivel de seguridad de datos sea básico y la actividad de la empresa lo permita, siguiendo las indicaciones de la AEPD.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *